impuesto social

Es un hecho que la pensión de los trabajadores autónomos es considerablemente inferior a la de los asalariados. La prueba es que, de media, un autónomo recibe aproximadamente 463 euros menos de pensión que una persona que ha trabajado para una empresa, o lo que es lo mismo, recibe una pensión un 41% inferior a la habitual.

La razón no es otra que la cotización de los autónomos a la Seguridad Social, ya que la realidad es que la gran mayoría de los autónomos cotizan por la base mínima, lo que se traduce en una reducción de sus pensiones. Pocos son los autónomos que reciben la devolución por exceso de cotización a la Seguridad Social.

Esto ha hecho que las pensiones sean una de las principales preocupaciones de los autónomos, incluso por encima de la nueva Ley de Autónomos, como asegura el barómetro del Centro de Investigaciones Sociológicas (CIS). Por eso desde AYCE Laborytax hemos preparado un post en el que te vamos a dar 7 nociones clave sobre la cotización de los autónomos,que te permitirán mejorar tu pensión cuando llegue el momento de tu jubilación.

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Sin embargo, nuestro equipo se esfuerza por destacar que siempre hay una parte buena. En el artículo de hoy, queremos recordarte las 12 mejoras para autónomos que no debes olvidar. Si puedes aprovechar alguna que no conocías, mejor aún.

Cuando un autónomo desarrolla simultáneamente un trabajo por cuenta ajena, y las cotizaciones del empresario a la Seguridad Social más las del trabajador, junto con las aportaciones al RETA, superan una cantidad que se publica cada año en la Ley de Presupuestos (para 2020 había sido de 12.917,37 euros), el autónomo tiene derecho a que se le devuelva el 50% del exceso, con el límite del 50% de las cuotas pagadas al RETA.

Antes, el autónomo tenía que solicitar la devolución de este exceso, pero con la nueva normativa, es la Seguridad Social la que debe abonar la devolución en cada caso antes del 1 de mayo del año siguiente.

Supongamos que un autónomo decide contratar a alguien porque necesita ayuda en su actividad profesional y así dedicar más tiempo a su familia. En ese caso, el autónomo tendrá derecho a una bonificación del 100% de las cuotas de la Seguridad Social durante un periodo de hasta 12 meses (si el contrato es a tiempo parcial, la bonificación será del 50%).

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Hasta finales de 2017, el sistema de Seguridad Social de Francia tenía un régimen separado para los trabajadores autónomos que no se dedican a la agricultura. La Ley de Financiación de la Seguridad Social para 2018 eliminó el Régime Social des Indépendants (RSI) y la cobertura obligatoria de la Seguridad Social de estos trabajadores se realiza ahora en el régimen general. No obstante, como se describe en este documento, existen disposiciones específicas que se aplican a los trabajadores autónomos.

Se ha establecido un periodo de transición de 2 años (hasta el 1 de enero de 2020) para transferir las responsabilidades del RSI a los organismos encargados del régimen general (CPAM, CARSAT, URSSAF y CGSS para los departamentos de ultramar).

Las antiguas cajas del RSI se convirtieron en sucursales de la Seguridad Social el 1 de enero de 2018. Han mantenido las mismas competencias (en colaboración con los organismos autorizados cuando se trata del seguro obligatorio de salud-maternidad), salvo que ahora trabajan por cuenta del régimen general.

Para la cobertura de su seguro de enfermedad, en 2019, todos los nuevos trabajadores autónomos deben inscribirse en la caja local del seguro de enfermedad (“caisse primaire d’assurance maladie”/ CPAM) de su lugar de residencia. A partir de 2020, todos los trabajadores autónomos con afiliación previa al RSI y gestión de las prestaciones por parte de una aseguradora o mutua autorizada pasarán por su CPAM para todos los seguros de salud y maternidad y el pago de las prestaciones diarias. Las cajas asignadas a la cobertura de los trabajadores autónomos se encargan también del pago de las pensiones de jubilación básicas y complementarias obligatorias de la Seguridad Social y de las prestaciones por invalidez-muerte (por cuenta del régimen general).

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En enero de 2018 entraron en vigor las nuevas medidas de la Ley del 24 de octubre del BOE 6/2017. Trataban de “Modificaciones urgentes para los trabajadores autónomos”. Una de las novedades de la Ley es la posibilidad de modificar el nivel de cotización de los autónomos 4 veces al año. De este modo, se tendrá en cuenta su situación económica actual a la hora de calcular su cuota de autónomos.

Baja temporal por enfermedad o accidente no laboral, maternidad, paternidad, embarazo difícil, invalidez, recuperación, fallecimiento u otras coberturas voluntarias (con aumento de tarifa), como la protección por accidente de trabajo o cese de actividad, la jubilación.

La edad de los autónomos y su clasificación. Hay autónomos individuales, autónomos administradores o miembros de una empresa, familiares colaboradores, vendedores ambulantes, trabajadores agrícolas por cuenta propia, etc.

La base de cotización (base reguladora) es la referencia que utiliza la Seguridad Social para calcular cuánto debe pagar y recibir el autónomo. Esa base actúa como si fuera el salario del autónomo. Por tanto, la elección de la base es muy importante. Porque influirá en lo que vas a pagar y en lo que vas a recibir en caso de baja médica, incapacidad, jubilación, etc.